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Las pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad económica de construcción podrán solicitar desde el próximo 24 de abril hasta el 15 de mayo de 2017 las subvenciones destinadas a fomentar proyectos de inversión que mejoren las condiciones de seguridad laboral en su sector.
Más información:
Resolución de 12/04/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción, para el ejercicio 2017.
Con fecha de 21/04/2017 se ha publicado esta resolución que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de proyectos de inversión que mejoren las condiciones materiales de seguridad en empresas del sector de la construcción.
Las bases reguladoras por las que se rige la convocatoria están previstas en la Orden de 20 de abril de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 85, de 3 de mayo de 2016.
Beneficiarios: pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad económica de construcción.
Requisitos:
a) Que cuenten, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de Castilla-La Mancha, en el año anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
b) Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.
c) Que cuenten con un Plan de prevención de riesgos laborales.
d) Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de PRL, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
e) Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Que no se encuentren incursos, la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles, o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Objeto e inversiones subvencionables: inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción por la adquisición de los elementos auxiliares de obra y equipos siguientes:
– Andamios de fachada de componentes prefabricados.
– Redes de seguridad.
– Sistemas provisionales de protección de borde.
– Plataformas elevadoras móviles de personas.
– Dispositivos de protección contra caídas en altura.
Las inversiones subvencionadas deberán ejecutarse en el período comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud de subvención y el 30 de octubre de 2017.
La cuantía de la subvención asciende al 35% del coste de las inversiones subvencionadas, con un máximo de 10.000 € por beneficiario.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I de la Resolución, y se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica.
Plazo de presentación de solicitudes: entre el 24 de abril y el 15 de mayo de 2017.
Criterios de valoración.
a) Según rango de plantilla, de acuerdo a la siguiente escala:
1º. Hasta diez trabajadores: 15 puntos.
2º. De once a cuarenta y nueve trabajadores: 10 puntos.
3º. Más de cuarenta y nueve trabajadores: 3 puntos.
b) Estabilidad en el empleo, de acuerdo a la siguiente escala:
1º. 100% empleo fijo: 10 puntos.
2º. Del 51% al 99%: 8 puntos.
3º. Del 31% al 50%: 6 puntos.
4º. Hasta el 30%: 4 puntos.
c) Domicilio del empresario o empresa, de acuerdo a la siguiente escala:
1º. Por tener domicilio en municipios de hasta 3.000 habitantes: 15 puntos.
2º. De 3.001 a 15.000 habitantes: 10 puntos.
3º. Más de 15.000 habitantes: 3 puntos.