Subvenciones para el estímulo al consumo de servicios turísticos

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Decreto 74/22020, de 17 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo al consumo de servicios turísticos, con motivo de la crisis sanitaria del Covid-19.

1. Descripción ayuda

Subvenciones destinadas a promocionar e incentivar el consumo de servicios turísticos en la Región, para contribuir con ello al desarrollo del destino y de la competitividad empresarial de estos sectores.

  • Línea 1: ayudas a la promoción y comercialización de productos y servicios turísticos que tengan por objeto estimular el consumo de servicios turísticos en la región.
  • Línea 2: ayudas para financiar las bonificaciones en el precio final del servicio de alojamiento a la persona consumidora.

2. Beneficiarios

Subvenciones de la Línea 1: podrán ser beneficiarios las asociaciones que representen intereses profesionales de los ámbitos turísticos de la restauración, alojamientos turísticos, campings, del turismo activo y ecoturismo, y las asociaciones de profesionales del sector turístico.

Subvenciones de la Línea 2: pymes y personas autónomas que presten los servicios de alojamiento turístico en hoteles y hostales y las agencias de viajes que comercialicen estancias en estos alojamientos, así como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, presten estos servicios.

3. Importe

En la línea 1 se subvencionará el 90% del gasto subvencionable, con los siguientes límites:

a. Ayuda de hasta 15.000€ cuando la asociación tenga + de 100 asociados.

b. Ayuda de hasta 7.000€ cuando la asociación tenga de 51-100 asociados.

c. Ayuda de hasta 5.000€ cuando la asociación tenga de 20-50 asociados.

d. Ayuda de hasta 2.000€ cuando la asociación tenga hasta 19 asociados.

En la línea 2:

a. Hostales y hoteles de 1 estrella: la cuantía será de un máximo de 12€. El máximo de ayuda por establecimiento será de 4.000€.

b. Hoteles de 2 y 3 estrellas: la cuantía será de un máximo de 20€. El máximo de ayuda por establecimiento será de 5.000€.

c. Hoteles de 4 y 5 estrellas: la cuantía será de un máximo de 30€. El máximo de ayuda por establecimiento será de 6.000€.

4. Plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes es desde el lunes, 23 de noviembre de 2020 hasta el viernes, 4 de diciembre de 2020.

5. Forma de presentación

Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/).

Bases reguladoras: Decreto 74/2020.

Más información en su Organización empresarial provincial.