Objetivo y régimen de ayudas
Estas ayudas tendrán como finalidad favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, finalidades y requisitos de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI), establecidos en la Orden IET/1444/2014, de 30 de julio, por la que se regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Las presentes ayudas revestirán la forma de subvenciones y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, estas ayudas se otorgan de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Actuaciones objeto de ayuda
Puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las AEI «incipientes»
Realización de estudios de viabilidad técnica, incluidos los de carácter preparatorio para proyectos de investigación, desarrollo experimental e innovación que permitan acceder a los programas comunitarios, estatales, autonómicos y municipales de apoyo vigentes.
Desarrollo de actividades innovadoras en los productos (bienes y servicios), los procesos (cambios significativos en los medios de producción y de distribución), innovaciones organizativas o innovaciones en mercadotecnia.
d) Desarrollo de actividades de innovación de producto y/o proceso en cooperación entre varios miembros pertenecientes a una o a varias entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
Beneficiarios
Únicamente podrán ser beneficiarias aquellas entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. En el caso de actuaciones para el desarrollo de actividades de innovación en cooperación, además podrán ser beneficiarios los miembros de dichas agrupaciones.
Financiación y cuantía máxima
La cuantía máxima destinada a financiar la convocatoria de 2015 es de 7.305.330 euros, que se imputarán a la aplicación 20.16.433M.787.05 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
Intensidad de ayuda
Para el apoyo a la puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión podrán subvencionarse hasta el 70 por ciento de los gastos considerados subvencionables y un máximo de 70.000 euros al año.
Las actividades específicas de realización de estudios de viabilidad podrán subvencionarse hasta el 70 por ciento de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 75.000 euros.
Las actividades de innovación podrán subvencionarse hasta el 70 por ciento de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 100.000 euros.
Las actividades innovadoras en cooperación podrán subvencionarse hasta el 70 por ciento de los gastos de cada beneficiario considerados subvencionables con un máximo de 100.000 euros por proyecto y año.
En ningún caso estas ayudas podrán superar, durante un periodo de 3 ejercicios fiscales, el importe máximo de 200.000€ recibido por una misma entidad, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de minimis concedidas a la misma empresa, conforme establece el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Gastos subvencionables
Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las distintas actuaciones.
Colaboraciones externas
Viajes interurbanos y alojamiento por parte del personal técnico.
En las actuaciones dirigidas al desarrollo de las estructuras de gestión y coordinación serán también subvencionables los gastos de personal administrativo y gastos relativos a servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad, excepto gastos financieros y de inversión.
En ningún caso se considerará subvencionable cualquier tipo de impuesto.
Solicitud y Documentación
Plazo de presentación de solicitudes
Del del 23 de junio al 22 de julio de 2015 ambos incluidos.
Más información en www.emprendemas.net