NUEVA REGULACIÓN SOBRE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

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La nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular contiene muchas novedades en cuanto a su aplicación en las empresas, entre otras, a partir de su entrada en vigor las comunidades autónomas podrán declarar un subproducto cuando las sustancias u objetos tengan origen en una instalación productora ubicada en su territorio y siempre que se destinen a una actividad o proceso industrial concreto en el territorio de la propia comunidad autónoma. Así mismo, también podrán declarar el fin de condición de residuo a petición del gestor, y previa verificación, para que sea usado en una actividad o proceso industrial concreto.

En cuanto a los objetivos de la prevención de residuos se ha establecido reducir el peso, con respecto a los generados en 2010, un 13% en 2025 y una 15% en 2030. Para ello, se establecen medidas como que: los comercios minoristas de alimentación cuya superficie sea igual o mayor a 400 metros cuadrados destinen al menos el 20% de su área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje primario (a cumplir a más tardar el 1 de enero de 2023); o que desde el 1 de julio de 2022, los productores iniciales de residuos peligrosos estén obligados a disponer de un plan de minimización que incluya las prácticas que van a adoptar para reducir la cantidad de residuos peligrosos generados y su peligrosidad.

Asimismo, hay también un apartado dedicado a la regulación en cuanto a la reducción de residuos alimentarios en empresas de producción primaria, industrias alimentarias y empresas de distribución y de restauración colectiva.

Otra novedad es la recogida separada de residuos para su valorización, además de para el papel, los metales, el plástico y el vidrio, para los biorresiduos antes del 31 de diciembre de 2023 y los residuos textiles, aceites de cocina, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos a partir de 2025.

El título referido a la reducción del impacto de los productos de plástico en el medio ambiente, fija la reducción en peso a conseguir en la comercialización de determinados productos de plásticos de un solo uso y la prohibición de bastoncillos de algodón, cubiertos, platos, pajitas, agitadores de bebidas, etc. Además, establece los requisitos de diseño para recipientes de plástico para bebidas y los objetivos de recogida separada de botellas de plástico, entre otros, a más tardar en 2027, el 85% en peso respecto al introducido en el mercado.

Las medidas fiscales para incentivar la economía circular quedan detalladas en el Título VII de la nueva Ley, incluyendo un nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizable, y otro impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y coincineración de residuos, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

Finalmente, como novedad, se ha incluido la creación del Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.

Se trata de una Ley extensa cuyo texto íntegro puede ser consultado aquí.