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1. Descripción ayuda
Subvenciones para favorecer el desarrollo de una oferta turística de calidad más competitiva y segura orientada a la clientela y al mercado, con el fin de adaptarse a la nueva realidad post Covid-19, a través de un proceso de diversificación consistente en aplicar determinadas soluciones innovadoras para prestar servicios turísticos, adaptándolas a las nuevas tendencias que además sirva para acomodarse a la evolución constante y cambiante del sector turístico.
Con estas ayudas se pretende:
- Impulsar la adopción de TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación) que fortalezcan la interacción de las empresas con su clientela, así como la eficiencia de los negocios turísticos.
- Promover la creación e implantación de iniciativas innovadoras en el sector turístico.
- Modernizar y mejorar las instalaciones de los locales, así como la adquisición de material para la implantación de los protocolos de seguridad sanitaria.
- Adoptar sistemas certificables de gestión de calidad, seguridad sanitaria o de gestión ambiental.
- Desarrollar medidas que posibiliten una más amplia promoción de los productos y servicios ofertados.
2. Beneficiarios
Personas autónomas o empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:
- Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.
- Apartamentos turísticos.
- Albergues turísticos.
- Campings.
- Restaurantes, bares y cafeterías.
- Turismo activo y ecoturismo.
- Agencias de viajes.
- Guías de turismo.
- Alojamientos rurales.
También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes, sociedades civiles, o similares.
3. Importe
La cuantía será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, atendiendo siempre a las cuantías máximas subvencionables por cada actuación, y, siendo éstas las siguientes:
- Líneas 1 y 5: 3.000€.
- Líneas 2 y 3: 5.000€.
- Línea 4: 1.500€.
4. Plazo de presentación
El plazo para presentar las solicitudes es desde el jueves, 5 de noviembre de 2020 hasta el lunes, 4 de enero de 2021.
5. Forma de presentación
Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/).
Bases reguladoras: Orden 170/2020
Más información en su Organización empresarial provincial