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Mañana 22 de abril se abre el plazo para presentación de solicitudes de subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales, para el ejercicio 2017.
Hoy se ha publicado la Resolución 12/04/2017 de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la inversión en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo.
Las bases reguladoras por las que se rige la convocatoria están previstas en la Orden de 26 de abril de 2013, de la Consejería de Empleo y Economía, modificada por la Orden de 24 de junio de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Beneficiarios: las personas emprendedoras, las pequeñas y medianas empresas, los Centros Especiales de Empleo con y sin ánimo de lucro y entidades sin ánimo de lucro, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena.
Requisitos:
a) Que cuenten, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de Castilla-La Mancha, en la fecha de publicación de la presente convocatoria.
b) Disponer de un Plan de prevención de riesgos laborales.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.
d) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de PRL, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
e) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No encontrarse incursos, la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles, o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Objeto e inversiones subvencionables:
– Para las personas emprendedoras, las inversiones realizadas en ejecución de medidas previstas en la planificación preventiva.
– Para el resto de beneficiarios, las siguientes inversiones que deberán estar previstas en la planificación de la actividad preventiva:
Sustitución de maquinaria no conforme con la normativa de seguridad
Inversiones destinadas a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo
Adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, físicos y biológicos.
Las inversiones subvencionadas deberán ejecutarse en el plazo de 7 meses desde la publicación de la Resolución (21 de noviembre de 2017).
La cuantía de la subvención asciende al 35% del coste de las inversiones subvencionadas, con un máximo de 15.000 € por beneficiario.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I de la Resolución, y se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica.
Plazo de presentación de solicitudes: entre el 22 de abril y el 15 de mayo de 2017.
Criterios de valoración.
a) Según rango de plantilla, de acuerdo a la siguiente escala:
1º. Hasta 10 trabajadores: 20 puntos.
2º. De 11 a 30 trabajadores: 15 puntos.
3º. Más de 30 trabajadores: 10 puntos.
b) Según tipo de empresa:
1º. Personas emprendedoras: 15 puntos.
2º. Resto de empresas y entidades beneficiarias: 5 puntos.