En el marco de la celebración de la Jornada del Consejo de Regional de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha, el vicepresidente de CECAM, Ángel Nicolás, el secretario regional de CCOO, José Luis Gil y el secretario regional de UGT, Carlos Pedrosa, firmaron el Reglamento de aplicación del II Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Castilla-La Mancha, firma que ha estado presidida por la Consejera de Trabajo y Empleo, María Luz Rodríguez.
El vicepresidente de CECAM, Ángel Nicolás, comentó que con esta suscripción se pone de manifiesto que “el ejercicio de conciliación, mediación y arbitraje en la solución de conflictos laborales ha sido positiva y eficaz”. El nuevo reglamento firmado hoy dispone que, a partir del 1 de enero de 2009, el Jurado Arbitral Laboral de Castilla-La Mancha, que durante los últimos once años viene resolviendo conflictos laborales colectivos, se amplíen a la negociación de conflictos laborales individuales. En este sentido, Nicolás señaló que “se amplía la posibilidad de dar una solución al problema que pueda surgir entre el trabajador y la empresa, sin necesidad de acudir a los Tribunales”. Según aseguró a pesar de que “estamos en un momento delicado, no tenemos que abrir ninguna brecha en nuestro diálogo social”.
Por su parte, la Consejera de Trabajo y Empleo, recordó que el Jurado Arbitral Laboral “ha sido una herramienta eficaz que ha funcionado hasta ahora muy bien”. Esta eficacia hay que atribuirla, “al buen hacer en la gestión de la conflictividad laboral de las organizaciones sindicales y empresariales”.
Tras la firma, se dio comienzo a la primera ponencia de la Jornada del Consejo Regional de Relaciones Laborales, que se celebró en el Hotel Silken El Bosque de Toledo, en la que el profesor Tomás Salas Franco, expuso ante los más de 70 asistentes el tema de Los Consejos de Relaciones Laborales y los Órganos Consultivos de Negociación Colectiva.
A continuación, en la mesa redonda representantes de CECAM, UGT y CC.OO. plantearon sus posiciones y experiencias en la Regulación colectiva y ordenación laboral.