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Con fecha 27 de mayo se ha publicado en el DOCM, la Orden 100/2022, de 20 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la implementación de proyectos de economía circular en el ámbito del sector turístico y se efectúa su convocatoria para 2022.
La finalidad de estas ayudas es financiar proyectos y actuaciones en el sector turístico destinadas a alcanzar alguno de los siguientes objetivos:
a) Reducir la generación de residuos.
b) Potenciar la reutilización, valorización y reciclaje de residuos.
c) Aumentar la eficiencia del uso del agua y la energía, incrementando la reutilización del agua y el uso de fuentes renovables de energía.
d) Mejorar los hábitos de consumo, reduciendo el desperdicio alimentario.
e) Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al sector turístico.
f) Fortalecer la sensibilización, la comunicación y la participación ciudadana en la transición hacia un modelo turístico circular.
g) Mejorar la competitividad de los destinos y las empresas turísticas.
h) Fomentar la cadena de aprovisionamiento de cercanía.
i) Contribuir a incrementar modelos de extensión de vida útil de productos.
j) Contribuir a la interconexión de agentes y sectores.
k) Identificación y utilización de sinergias positivas entre empresas, agentes y/o sectores.
l) Incrementar el uso de productos renovables (biodegradables).
m) Reducir los impactos ambientales del sector turístico.
Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas privadas, que realicen los proyectos establecidos en esta orden y que cumplan con el objeto y finalidad de la misma que ejerzan su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Actuaciones subvencionables
a) Proyectos de economía circular en establecimientos y empresas de servicios turísticos que contemplen, al menos, una de las siguientes acciones:
– Acciones que reduzcan la generación de residuos y el consumo de agua y energía.
– Acciones para la reutilización de residuos, incluidos los envases plásticos y de aluminio.
– Acciones para la minimización o sustitución de plásticos de un solo uso.
– Acciones para la valorización de residuos que den lugar a nuevos materiales/recursos.
– Acciones para la reducción del desperdicio alimentario.
– Acciones para la reutilización de aceites de cocina.
– Diseño e implantación de nuevos modelos de negocio que favorezcan la eficiencia de los recursos (servitización, economía colaborativa, etc.).
– Acciones de fomenten el consumo de productos de proximidad (km.0).
b) Proyectos de mejora de competitividad en establecimientos y empresas turísticas que contemplen, al menos, una de las siguientes acciones:
– Análisis de ciclo de vida de producto, organización o servicio.
– Implantación de sistemas de gestión ambiental y obtención de certificaciones y etiquetas.
– Sistemas de evaluación y mejora de la economía circular en el sector turístico.
c) Proyectos de mejora del emprendimiento que desarrollen al menos, una de las siguientes iniciativas:
– Implantación de puntos de encuentro, formación e intercambio en materia de turismo circular para empresas y profesionales vinculados al ámbito turístico.
– Diseño e implantación de centros de reparación de mobiliario, aparatos eléctricos y electrónicos.
d) Proyectos de mejora de espacios abiertos, infraestructuras e instalaciones que contemplen:
– Acciones en el ámbito de la construcción y acondicionamiento de espacios con la incorporación de materiales reciclados, materiales sostenibles, etc.
Cuantías de las ayudas
La subvención podrá cubrir hasta el 90% de los gastos subvencionables asumidos por la persona beneficiaria.
El importe máximo subvencionable para actuaciones objeto de esta subvención será de 55.000 euros por persona beneficiaria.
Solicitudes
Cada solicitud podrá incorporar una o varias tipologías de proyectos. Solo se podrá realizar una solicitud por persona solicitante. En caso de presentar más de una, solo se tendrá en cuenta la presentada en último lugar.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (hasta 28 de junio)
La tramitación telemática será obligatoria en todas las fases del procedimiento, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)
Las actuaciones deberán ejecutarse en el plazo máximo 12 meses desde la fecha de resolución de concesión de la ayuda.