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AYUDAS DIRIGIDAS AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, DE LOS SECTORES MÁS AFECTADOS POR LA CRISIS DERIVADA DEL COVID-19
Subvenciones para apoyar a los negocios y a las actividades económicas de los autónomos y de las pymes, ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Se prevén 2 Líneas de ayudas:
- Línea 1: Ayudas destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas SIN ASALARIADOS.
- Línea 2: Ayudas destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas (PYMES) y personas trabajadoras autónomas CON ASALARIADOS.
BENEFICIARIOS
Autónomos y pymes:
- Cualquiera que sea su forma jurídica.
- Que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha con anterioridad al 1 de octubre de 2019.
- Que pertenezcan a los sectores más afectados por las medidas adoptadas para la lucha contra la pandemia como la hostelería, el turismo y el comercio minorista (contemplados en los grupos CNAE 2009 del Anexo IV de este Decreto).
- Que hayan sufrido una reducción de su facturación en Castilla-La Mancha, de más del 40% en los tres últimos trimestres del ejercicio de 2020 respecto al mismo período del ejercicio 2019, como consecuencia de la situación ocasionada por el Covid-19.
*También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aún careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica y tengan ánimo de lucro, y en las que concurran los requisitos anteriores.
IMPORTE
Línea 1: 2.100€.
Línea 2:
- 4.000€para las pymes y autónomos con hasta 5 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
- 6.000€para las pymes y autónomos con más de 5 y hasta 10 trabajadores equivalente a tiempo completo.
- 8.000€para las pymes y autónomos con más de 10 y hasta 25 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
- 10.000€para las pymes y autónomos, con más de 25 y menos de 250 trabajadores equivalentes a tiempo completo.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo para presentar solicitudes comienza el martes, 2 de febrero de 2021 y finaliza el lunes, 1 de marzo de 2021.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/), que figuran en el presente decreto como anexo I y anexo II.
Bases reguladoras: Decreto 7/2021
–Más información en su Organización empresarial provincial
AYUDAS PARA EL INICIO Y MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y DEL FAMILIAR COLABORADOR, AFECTADAS POR LA COVID-19
Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de los autónomos, de las personas físicas, socias de sociedades limitadas unipersonales, que desarrollen su actividad en dicha sociedad, así como la incorporación de familiares colaboradores, afectados por la crisis económica ocasionada por el Covid-19.
IMPORTANTE: estas ayudas van destinadas a aquellos autónomos que se dieron de alta en el RETA desde el 1 de noviembre de 2019 y hasta el 27 de diciembre de 2020.
Se prevén 2 Líneas de ayudas:
- Línea 1: ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de los autónomos, cuyo objeto es impulsar y mantener el empleo por cuenta propia, compensando los gastos de inicio y mantenimiento de la actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.
- Línea 2: ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.
BENEFICIARIOS
Para la Línea 1:
- Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en nombre propio.
- Personas trabajadoras autónomas integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles, entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
- Sociedades limitadas unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad.
Para la Línea 2:
- Los familiares colaboradores de las personas trabajadoras autónomas.
IMPORTE
La cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria, tanto en la Línea 1 como en la Línea 2, es de 3.000€.
La cuantía de la subvención se incrementará en un 20% cuando la actividad subvencionada se realice:
- En alguno de los municipios incluidos en el programa de gobernanza de ITI (Inversión Territorial Integrada) de Castilla-La Mancha, o
- En los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo para presentar solicitudes comienza el martes, 29 de diciembre de 2020 y finaliza el domingo, 28 de febrero de 2021.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/), que figura como anexo I en el presente Decreto.
Bases reguladoras: Decreto 83/2020
Más información en su Organización empresarial provincial