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El Instituto de la Mujer ha abierto convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a empresas y otras entidades de la región para la realización en Castilla-La Mancha de proyectos para elaborar y aprobar planes de igualdad en la propia entidad que favorezcan la disminución de las desigualdades en su empresa o entidad.
BENEFICIARIOS
- a) Entidades locales de Castilla- La Mancha con menos de 50 personas trabajadoras.
- b) Aquellas entidades que no estén obligadas a contar con un plan de igualdad, que incluye a las empresas, las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional y las entidades sin ánimo de lucro, que cuenten todas ellas, con una plantilla no inferir a 15 y con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla.
FINANCIACIÓN
Se establece como límite que la cuantía de la subvención no puede superar por proyecto la cantidad de 8.000 euros.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo de ejecución establecido.
En concreto, podrán ser subvencionables:
- a) Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionable.
- b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica, dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionable.
- A estos efectos, se entenderá que el gasto se ha realizado cuando se ha llevado a cabo la actividad subvencionada que origina el gasto y cuando éste ha sido efectivamente pagado entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, excepto en caso de gastos de personal, en los que se admitirá el pago de los seguros sociales a cargo de la entidad y los justificantes de pago de las retenciones practicadas por el IRPF hasta el 30 de abril 2024.
- En ningún caso serán subvencionables:
- Los gastos de inversión.
- El IVA deducible.
SOLICITUD DEL PROYECTO
Deberá incluir:
- Denominación del proyecto.
- Justificación de la necesidad del plan de igualdad en su entidad, deberá incluir, el análisis y valoración del diagnóstico de la situación inicial que justifique la necesidad del Plan de Igualdad en la entidad, mediante el análisis y valoración de la situación que se pretende abordar, acorde a lo establecido por la legislación vigente.
- Los objetivos del proyecto derivados de la necesidad del plan de igualdad.
- Las actividades y actuaciones previstas para realizar el plan de igualdad.
- Calendario y presupuestos para la elaboración y en su caso para la puesta en marcha del plan igualdad. Se indicará la aportación en su caso de cofinanciación con fondos propios.
- Recursos técnicos, personales y económicos disponibles para la elaboración e implantación del plan igualdad, tanto propios de la entidad como recursos externos.
- Metodología prevista para el diagnóstico, indicadores medibles, la evaluación y seguimiento del propio proceso de elaboración del Plan, para el desarrollo y el Impacto del mismo, así como mecanismos de retroalimentación para el estudio de posibles desviaciones y ajustes del plan de igualdad.
Se detallará, además:
- Si la elaboración del plan de igualdad se realiza en la entidad por primera vez.
- Si la entidad tiene el reconocimiento del Distintivo de Excelencia en igualdad de género.
- Implicación de la dirección y de las diferentes áreas o departamentos de la entidad en el proceso de elaboración del plan.
- Acciones de Difusión, Información, Formación y campañas de sensibilización previstas en el proceso de elaboración del plan de igualdad.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo para presentar las solicitudes será hasta el 8 de mayo de 2023.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN
- El plazo para la realización del plan de igualdad, así como del cumplimiento de la finalidad y de las condiciones a las que la subvención afecta, concluirá el 31 de marzo de 2024.
- El plazo de justificación de la subvención concedida concluirá el 30 de abril de 2024.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Se deben presentar las solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido al efecto para cada línea en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
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