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Resolución de 19/07/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles para 2021, para la concesión de subvenciones reguladas en el Decreto 35/2020, de 21 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación de personas afectadas por procedimientos de extinción del contrato de trabajo como consecuencia del Covid-19.
1. Descripción ayuda
Subvenciones para incentivar la contratación laboral de las personas trabajadoras desempleadas, que han visto extinguidos sus contratos de trabajo como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19 (subvenciones reguladas en el Decreto 35/2020, de 21 de julio; convocatoria para el ejercicio 2021).
Serán subvencionables los contratos laborales que se formalicen conforme a lo establecido en el artículo 7.4 del Decreto 35/2020, de 21 de julio, en el periodo comprendido entre el día 1 de noviembre de 2020 y el día 31 de octubre de 2021.
2. Beneficiarios
Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, realicen las contrataciones que reúnan las condiciones establecidas en el presente decreto.
3. Importe
La cuantía de la subvención por cada contratación será de: 5.140 euros. Dicha cuantía se incrementará en 700 euros cuando la persona contratada sea una mujer que tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género, en los términos previstos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%; colectivos en situación de exclusión social; o personas mayores de 50 años.
La cuantía de la subvención obtenida conforme a lo descrito anteriormente, se incrementará en un 20%, cuando las contrataciones se realicen con mujeres o en alguno de los municipios incluidos en el programa de gobernanza de ITI (Inversión Territorial Integrada) de Castilla-La Mancha.
4. Plazo de presentación
Del miércoles, 28 de julio de 2021 hasta el martes, 30 de noviembre de 2021.
Dentro de dicho período, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato y hasta ese mismo día 30 de noviembre. No obstante, cuando la actuación objeto de subvención, se produjera en el período comprendido desde el 1 de noviembre del ejercicio anterior al de la publicación y el día de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo y del extracto de la Resolución por la que se establezca el crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2021, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución.
5. Forma de presentación
Únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Bases reguladoras: Decreto 35/2020.
Más información en su Organización empresarial provincial.