Abierto el plazo de presentación de solicitudes para las Ayudas del Programa Adelante Digitalización

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Para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha

Descripción ayuda

Estas ayudas tienen por finalidad facilitar financiación para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización y la modernización de las estrategias de comunicación y venta de las pequeñas y medianas empresas en Castilla-La Mancha, mediante el impulso a la actividad de comercio electrónico, el apoyo a su crecimiento en mercados nacionales y el apoyo a la transformación digital de la industria de manufacturación de la región, con el objetivo de mejorar su competitividad.

Beneficiarios

  • Pymes, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, se encuentren realizando alguna actuación subvencionable.
  • Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica.

En todo caso, para ser entidad beneficiaria de la subvención, se deben cumplir los requisitos y obligaciones previstos en el artículo 4 y 5 de la Orden 164/2018, de 5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Proyectos subvencionables

Comercio electrónico:

  • Establecer nuevos canales de venta, mediante la creación de una tienda online para la venta de productos y servicios o emprender un negocio digital que comprenda la creación de una tienda digital.
  • Adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta on line.
  • La mejora de herramientas de software de comercio electrónico ya implantadas o su sustitución por otras nuevas, la sustitución de una tienda virtual con venta online por otra nueva o la mejoras a la misma. En ambos casos la mejora debe implicar nuevas funcionalidades y no la mera reposición de aplicaciones.

Marketing digital:

  • Plan personalizado de marketing con acciones y estrategias publicitarias o comerciales a ejecutar en los medios y canales de internet, relacionadas con la venta de productos o servicios en el desarrollo de la actividad para la que se solicita subvención.
  • Fomento de presencia y posicionamiento online.
  • Portal web de comercio electrónico (Marketplaces)

Para ser subvencionable el proyecto tendrá por finalidad la inscripción de la empresa en
el portal de comercio electrónico elegido durante un periodo mínimo de un año.

En la línea de industria manufacturera, son subvencionables únicamente los proyectos
promovidos por pymes cuya actividad corresponda a industrias manufactureras
incluidas en la sección C CNAE-09.
En todo caso, son proyectos subvencionables al amparo de la presente convocatoria,
los previstos para cada línea de ayuda en los artículos 14 y 18, respectivamente, de la
Orden 164/2018, de 5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y
Empleo.

Gastos subvencionables

Son gastos subvencionables los indicados para cada línea de subvención en los
artículos 15 y 19, según la línea de ayudas a la cual se opte, de la Orden 164/2018, de
5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y que de manera
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten
estrictamente necesarios, se realicen dentro del plazo de ejecución establecido por la
resolución de concesión y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la
finalización del período de justificación.

  • Si el importe de la subvención es superior a los 30.000 euros, se debe cumplir los
    parámetros previstos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre) en
    cuanto al abono de las facturas. Los plazos son los siguientes:
    – Con carácter general, la factura debe ser abonado en un plazo máximo de 30
    días.
    – Si hay acuerdo entre las partes, máximo 60 días (para que esto sea así, lo mejor
    es que en las facturas aparezca forma de pago “a 60 días”).
    – Únicamente podrá ser superior a 60 días si así lo establecen los convenios
    sectoriales.

Plazo de ejecución del proyecto

-Línea de apoyo a la modernización de las estrategias de comunicación y venta, y para
el impulso a la actividad de comercio electrónico de las pymes: se determinará en la
resolución individual de concesión y tendrá como máximo una duración de diez
meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.
-Línea de apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera: se determinará en la resolución individual de concesión y tendrá como máximo una duración de doce meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.

IMPORTANTE: las actuaciones subvencionables podrán comenzar a partir de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, acreditándose que no se han iniciado anteriormente, mediante la presentación de declaración responsable.

Importe

  1. – Línea de apoyo a la modernización de las estrategias de comunicación y venta, y para el impulso a la actividad de comercio electrónico de las pymes:
    – Hasta un 70% de la inversión subvencionable (límite mínimo inversión 3.000 euros).
    – La cuantía de la ayuda se incrementará en un 20%, cuando el proyecto se localice en alguno de los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha, o normativa que lo sustituya.
    Importe máximo a subvencionar: 10.000 euros.
  2. .- Línea de apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera:
    – Hasta un 70% de la inversión subvencionable en concepto de costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes.
    – Hasta un 45% de la inversión subvencionable en concepto de inversiones materiales e inmateriales cuando el beneficiario sea una microempresa o una pequeña empresa, o hasta un 35% cuando el beneficiario sea una mediana empresa.
    Límite mínimo de inversión: 20.000 euros.
    – La cuantía de la ayuda se incrementará en un 20%, cuando el proyecto se localice en alguno de los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha, o normativa que lo sustituya.
    Importe máximo a subvencionar: 100.000 euros
    Financiación total del programa → 3.000.000,00 euros. Cofinanciado 85% FEDER.

Plazo de presentación solicitudes

Del 24 de marzo al 9 de mayo de 2023, en el siguiente enlace:
https://www.jccm.es/tramitesygestiones/subvenciones-del-programa-adelante-digitalizacion-para-la-transformacion-digital

Importante

Las solicitudes que hayan sido presentadas desde el 16 de diciembre de 2021 hasta el inicio del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, deberán ser ratificadas por el correspondiente interesado del 24 de marzo al 9 de mayo de 2023. Si no lo hiciera, se le tendrá desistida la solicitud.
Para realizar dicha ratificación y en su caso, la modificación de la solicitud inicial para adecuar la misma a la orden de bases reguladoras en los términos establecidos en la Orden 1/2023, de 10 de enero, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, presentará de forma telemática con firma electrónica, el formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y que figura en el Anexo IX de la presente resolución.

Justificación de la subvención

El plazo de justificación será de un mes que se computará a partir del día siguiente a la fecha establecida para la finalización del plazo de ejecución, de forma telemática y con firma electrónica.

Normativa

Orden de bases 164/2018
Orden 1/2023, de 10 de enero, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden 164/2018, de 5 de noviembre
Convocatoria de ayudas
Consultas: https://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/contactar
Más información en su Organización empresarial provincial